6. Resoluciones
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Browsing 6. Resoluciones by Subject "Denominación de Origen"
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- Item¿Es susceptible de registro una denominación que contenga la Denominación de Origen PISCO en los servicios de las clases 35 y 41?(Indecopi, Lima - Perú, 2012-08-15) Dirección de Signos Distintivos; Boza Alzamora, Sandy¿Es susceptible de registro una denominación que contenga el elemento PISCO en los servicios de la clase 35? El que en la solicitud de registro multiclase se señale que lo que se pretende distinguir son servicios de la clase 35 (publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina) y servicios de la clase 41 (organización de espectáculos, organización de exposiciones con fines culturales o educativos, y de eventos con fines de esparcimiento) no enerva de forma alguna los argumentos en tanto la prohibición de registro contenida en el artículo 135 literal k) es aplicable a todas las solicitudes de registro de marca sin importar los bienes (Productos y/o servicios) que se pretenda distinguir. Se dispuso DENEGAR el registro. Posteriormente, se presentó recurso de Apelación.
- Item¿Puedo registrar una marca con una denominación de origen?(Indecopi, Lima - Perú, 2016-12-28) Comisión de Signos Distintivos; Meloni García, Ray Augusto¿El signo es engañoso? ¿Puedo registrar una marca con una denominación de origen? Si bien la marca solicitada presenta en su conformación la denominación WHISKY y la indicación en una frase informativa "( ... ) sabor a malta escocesa (... )"; y de lo señalado por la opositora que el whisky se produce en La Libertad - Perú, conforme a la referencia de la página www.cartaviorumco.pe; de éstos hechos no se puede prejuzgar una situación de engaño en los consumidores, puesto que la marca materia de análisis, en sí misma, no contiene información alguna que resulte errónea, ni aflora de la misma información que induzca a error en el consumidor, en relación al producto que pretende distinguir. Siendo el término WHISKY una denominación que designa el tipo de producto que se pretende distinguir con el signo solicitado, y la frase (... ) SABOR A MALTA ESCOCESA (... ) una frase que informa alguna de las características de los productos; en ese sentido, la combinación de éstos o alguno de sus términos resulta una denominación diferente a la denominación de origen protegida SCOTCH WHISKY. Se dispuso declarar INFUNDADA la oposición. Posteriormente, se presentó recurso de Apelación.