Resolución Nº 0094-2015/CEB-INDECOPI

Abstract
Se declara que constituye barrera burocrática ilegal la imposición de un límite máximo de tres (3) años de antigüedad de los vehículos para acceder al servicio de transporte público de personas, materializada en el numeral 25.1.1) del artículo 25º del Reglamento Nacional de Administración de Transporte. La ilegalidad radica en que la referida prohibición vulnera el artículo 5° de la Ley 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, dado que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no acreditó haber elaborado un informe previo que justifique su imposición, pese a que se trata del establecimiento de una nueva exigencia. Se dispone que no se aplique a la denunciante la barrera burocrática declarada ilegal de acuerdo a lo establecido en el artículo 48º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. El incumplimiento de lo resuelto podrá ser sancionado de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 26BISº del Decreto Ley Nº 25868.
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Keywords
Barreras burocráticas, Ministerios, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Jurisprudencia
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