Resolución Nº 0334-2015/CEB-INDECOPI

Abstract
Se declara que constituye barrera burocrática carente de razonabilidad la exigencia de renovar la carta fianza bancaria por el importe de US$ 10 000.00 (diez mil y 00/100 dólares americanos) como condición para operar como escuela de conductores, contenida en el literal b) del artículo 47º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC. Ello por cuanto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no ha presentado información que permita demostrar: i) Que la restricción cuestionada sea idónea para solucionar el problema que afecta al interés público identificado. ii) Que la exigencia cuestionada es proporcional a los fines que quiere alcanzar. iii) Que la exigencia cuestionada es la medida menos gravosa para el administrado con relación a otras opciones existentes.
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Keywords
Barreras burocráticas, Ministerios, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Jurisprudencia
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