Resolución Nº 0008-2015/CEB-INDECOPI

Abstract
Se declara que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes exigencias: (i) portar carnés de salud para todas aquellas personas que brinden servicios atendiendo al público y/o manipulando alimentos, establecida en el artículo 5° de la Ordenanza N° 141-MML; y (ii) tener en lugar visible, o a la mano, los carnés de salud de sus servidores y de mostrarlos a las autoridades municipales cada vez que lo soliciten, establecida en el artículo 12° de la Ordenanza N° 141-MML.
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Keywords
Barreras burocráticas, Municipalidades, Municipalidad Metrpolitana de Lima, Jurisprudencia
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