Resolución Nº 0187-2015/CEB-INDECOPI

Abstract
Se declara que constituye barrera burocrática carente de razonabilidad la exigencia de contar con una carta fianza bancaria por el importe de US$ 100 000.00 (cien mil y 00/100 dólares americanos) emitida por una entidad bancaria autorizada por la Superintendencia de Banca de Seguros y Administradoras Privadas de Pensiones a favor del Ministerio, para mantener la vigencia de una autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular, materializada en el literal m) del numeral 37.1) del artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Vehiculares, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC. Ello por cuanto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no ha presentado información que permita desmostrar: i) Que la restricción cuestionada sea idónea para solucionar el problema que afecta al interés público identificado. ii) Que la exigencia cuestionada es proporcional a los fines que quiere alcanzar. iii) Que la exigencia cuestionada es la medida menos gravosa para el administrado con relación a otras opciones existentes.
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Keywords
Barreras burocráticas, Ministerios, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Jurisprudencia
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