Resolución Nº 0190-2015/CEB-INDECOPI

Abstract
Se declara barrera burocrática ilegal el desconocimiento del Silencio Administrativo Positivo que operó respecto de la solicitud de licencia de funcionamiento presentada por SCD Industries E.I.R.L. el 7 de noviembre de 2014 ante la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, materializada en la Resolución Jefatural N° 159-2014-GAT-MDPH y en la Resolución de Sanción N° 023-2015-GAT-MDPH. Al haber denegado la solicitud de licencia de funcionamiento después de transcurrido el plazo de 15 días hábiles, la Municipalidad ha vulnerado lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento que dispone que este tipo de procedimientos se tramita en dicho plazo como máximo y se sujetan al silencio administrativo positivo.
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Keywords
Barreras burocráticas, Municipalidades, Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, Jurisprudencia
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