3. Protección al Consumidor
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- ItemResolución Nº 102-97-TDC(Indecopi, 1997-04-25) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Tribunal de Defensa de la Competencia; Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Tribunal de Defensa de la Competencia; Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Tribunal de Defensa de la CompetenciaDe conformidad con lo establecido en el artículo 41º del Decreto Legislativo Nº 807, considerar que la presente resolución constituye precedente de observancia obligatoria en la aplicación del siguiente principio: "1. Los proveedores tienen la obligación de poner a disposición de los consumidores toda la información relevante respecto a los términos y condiciones de los productos o servicios ofrecidos, de manera tal que aquélla pueda ser conocida o conocible por un consumidor razonable usando su diligencia ordinaria. Para determinar qué prestaciones y características se incorporan a los términos y condiciones de una operación en caso de silencio de las partes o en caso de que no existan otros elementos de prueba que demuestren qué es lo que las partes acordaron realmente, se acudirá a las costumbres y usos comerciales, a las circunstancias que rodean la adquisición y a otros elementos que se consideren relevantes. En lo no previsto, se considerará que las partes acordaron que el bien o servicio resulta idóneo para los fines ordinarios por los cuales éstos suelen adquirirse o contratarse según el nivel de expectativa que tendría un consumidor razonable. 2. La prueba de la existencia de una condición distinta a la normalmente previsible por un consumidor razonable dadas las circunstancias, corresponderá al beneficiado por dicha condición en la relación contractual. De esta manera, en caso que el consumidor alegue que el bien o servicio debe tener características superiores a las normalmente previsibles dadas las circunstancias, la carga de la prueba de dicha característica recaerá sobre aquél -es decir, corresponderá al consumidor probar que se le ofreció una promoción adicional o que se le ofrecieron características adicionales o extraordinarias a las normalmente previsibles-. Por el contrario, en caso que sea el proveedor el que alegase que el bien o servicio tiene características menores a las previsibles dadas las circunstancias, la carga de probar que tales fueron las condiciones del contrato recaerá en él -es decir, corresponderá al proveedor probar que ofreció condiciones menos beneficiosas a las que normalmente se podían esperar.- "
- ItemAprueban Reglamento de la Ley Nø 27598, Ley que modifica el D.Leg. Nø 716, Norma sobre Protección al Consumidor.(2003-02-11) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemDirectiva Nº 001-2009/TRI-INDECOPI. Procedimiento de queja por defectos de tramitación(Indecopi, 2009-06-14) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual; Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad IntelectualLa presente Directiva tiene por objeto: Instruir el procedimiento de queja por defectos de tramitación respecto de los actos realizados durante los procedimientosseguidos ante INDECOPI.
- ItemDisponen la obligación de contar con un libro de reclamaciones en los establecimientos abiertos al público que provean bienes y servicios a los consumidores finales(2010-07-28) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemConstituyen Grupo de Trabajo Multisectorial que elaborara el anteproyecto de "Reglamento del Código de Protección y Defensa del Consumidor"(2010-10-13) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemAprueban directiva N°004-2010/DIR-COD-INDECOPI que establece las reglas complementarias aplicables al procedimiento sumarísimo en materia de protección al consumidor(2010-11-14) Presidencia del Consejo Directivo; Presidencia del Consejo Directivo; Presidencia del Consejo DirectivoAbstract 1
- ItemAprueban incorporación del Procedimiento Sumarísimo en materia de Protección al Consumidor previsto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, en el TUPA del INDECOPI(2010-12-16) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemDecreto Supremo que aprueba el Reglamento de Libro de Reclamaciones del Código de Protección al Consumidor(2011-02-19) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemDecreto Supremo que aprueba propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección al Consumidor(2011-04-14) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemDecreto Supremo que aprueba el reglamento sobre las condiciones del destino del monto para el funcionamiento de las asociaciones de consumidores(2011-04-14) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemDecreto Supremo que aprueba el Reglamento del Registro de infracciones y sanciones al Código de Protección al Consumidor(2011-04-14) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemDisponen implementar en plazo más breve el Libro de Reclamaciones por parte de los proveedores a los que comprende el Código de Protección y Defensa del consumidor(2011-04-22) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemObligación de las Entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones(2011-05-08) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemDesignan integrantes y representantes alternos del Consejo Nacional de Protección al Consumidor(2011-07-13) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosConsejo Nacional de Proteccion al Consumidor
- ItemDesignan representante del Ministerio de Salud ante el Consejo Nacional de Protección al Consumidor(2012-03-13) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemInforme anual sobre el estado de la protección de los consumidores 2012(Indecopi, 2013) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor; Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del ConsumidorEl documento en la primera presenta un breve resumen ejecutivo del documento; en la segunda, se analiza el contexto económico y el proceso de fortalecimiento institucional del sistema de protección peruano; mientras que, en la tercera, se analiza el desempeño de los agentes que intervienen en el sistema de protección: Estado, consumidores y proveedores, enfatizándose el análisis en los dos primeros. En la cuarta sección, se analiza las competencias y desempeño en materia de protección del consumidor de los organismos reguladores de servicios públicos, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, las entidades sectoriales y del INDECOPI como agencia transversal en materia de protección del consumidor. Finalmente, en la quinta sección, se presentan propuestas a través de un plan de acción que pudiera implementarse a favor de la política de protección.
- ItemAprueban Directiva de Funcionamiento del Consejo Nacional de Protección del Consumidor(2013-07-04) Presidencia del Consejo Directivo; Presidencia del Consejo DirectivoAbstract 1
- ItemAprueban Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al Consumidor(2013-12-19) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemAnte proyecto de Código de consumo(2013-12-19) Presidencia del Consejo de Ministros; Presidencia del Consejo de MinistrosAbstract 1
- ItemInforme anual sobre el estado de la protección de los consumidores 2013(Indecopi, 2014) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor; Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del ConsumidorEl documento se estructura en 12 secciones. En la primera se presenta la introducción, en la segunda sección se desarrolla un breve resumen del informe; en la tercera, el diagnóstico del Sistema y se detalla los mecanismos de resolución de conflictos de los consumidores. En la cuarta, se presenta los principales resultados obtenidos del Informe Anual correspondiente al año 2012. La quinta sección analiza la percepción de los consumidores y entidades miembros respecto al Sistema. La sexta presenta el desempeño del Indecopi como Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y del Consejo Nacional de Protección del Consumidor. La séptima sección se refiere a la labor de los agentes que participan en la protección de los consumidores. La octava sección analiza el desempeño en materia de protección del consumidor de los principales agentes del Sistema. En la novena, se presenta las principales conclusiones. Las otras secciones son referenciales puesto que menciona la bibliografía utilizada, la lista de abreviaturas, la normativa relevante en materia de protección y los anexos, respectivamente.