Resolución Nº 0326-2015/CEB-INDECOPI
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Date
2015-08-07
Authors
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Publisher
Indecopi
Abstract
Se declara que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas impuestas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Transportes Vicuñitas Tours E.I.R.L.: (i)El mantenimiento de la suspensión del otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio de transporte interprovincial de personas en la red vial nacional en la ruta Juliaca (Región Puno) - Arequipa (Región Arequipa) y viceversa, así como en la ruta Juliaca (Región Puno) - Cusco (Región Cusco) y viceversa; materializado en los Oficios N°i819-2015-MTC/15 y N° 818-2015-MTC/15, respectivamente. (ii)La exigencia de contar con un patrimonio neto mínimo de mil (1 000) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), como condición para acceder y permanecer en el mercado del servicio de transporte público regular de personas de ámbito nacional; establecida en el numeral 1.5.1) del artículo 38º del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC. Asimismo, se declara barrera burocrática carente de razonabilidad la exigencia de contar con terminales terrestres y estaciones de ruta autorizados en cada uno de los extremos de la ruta y escalas comerciales, para permanecer en el mercado de servicio de transporte público regular de personas; establecida en el numeral 4) del artículo 33º del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC.
Description
Keywords
Barreras burocráticas, Ministerios, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Jurisprudencia