Resolución Nº 0185-2015/CEB-INDECOPI

Abstract
Se declara barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar una carta fianza bancaria por los siguientes montos para prestar el servicio de Centro de Inspección Técnica Vehicular, materializada en el literal m) del artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC: (i) De USD $ 100 000,00 (cien mil dólares americanos), para el caso de centros de inspección técnica vehicular que operen en las regiones de Lima Metropolitana y Callao. (ii) De USD $ 50 000,00 (cincuenta mil dólares americanos), para el caso de centros de inspección técnica vehicular que operen en el resto de las regiones del país. (iii) De USD $ 25 0000,00 (veinticinco mil dólares americanos), para el caso de centros de inspección técnica vehicular que soliciten operar más de dos líneas de inspección técnica vehicular y/o un centro de inspección técnica vehicular móvil.
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Keywords
Barreras burocráticas, Ministerios, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Jurisprudencia
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