Poder Judicial ratificó, en primera instancia, decisión del Indecopi que determinó que ‘Bonlé Leche Evaporada Deslactosada’ de Gloria S.A. no reflejaba su verdadera composición e incumplía el Codex Alimentarius

Abstract
El Vigésimo Sexto Juzgado Contencioso Administrativo de Lima ha emitido sentencia de primera instancia en coincidencia con la decisión del Indecopi. Cabe recordar que, en el 2017, la Comisión de Protección al Consumidor N°2 (CC2) sancionó, en primera instancia administrativa, a Gloria S.A. porque el mencionado producto consignó en su empaque la denominación “Leche evaporada parcialmente descremada deslactosada esterilizada con maltodextrina y grasa vegetal”, que no reflejaba su composición, pues contenía elementos no lácteos, y se comercializó incumpliendo el Codex Alimentarius, pues dio a entender que era una leche evaporada sin serlo.
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Poder Judicial, Ratificación, Sanción, Gloria, Leche evaporada deslactosada
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