El Poder Judicial ratifica que los proveedores que superan las 3000 UIT al año tienen la obligación de enviar al Indecopi los reclamos de los consumidores a través del SIREC

Abstract
La Corte Suprema de Justicia ratificó la decisión del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sobre la obligación de los proveedores de productos o servicios con ingresos anuales de más de 3000 unidades impositivas tributarias (UIT) de reportar en el Sistema de Reportes de Reclamaciones (SIREC), los reclamos presentados por los consumidores en el Libro de Reclamaciones.
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Keywords
Sentencia, Poder Judicial, Reclamos, Proveedores, Sistema de Reportes de Reclamaciones
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