¿La prohibición de registrar signos genéricos contenida en el numeral f) del artículo 135 de la decisión 486 es aplicable al registro de un nombre comercial?
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Date
2013-01-25
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Publisher
Indecopi, Lima - Perú
Abstract
¿La prohibición de registrar signos genéricos contenida en el numeral f) del artículo 135 de la decisión 486 es aplicable a el registro de un nombre comercial?
Cabe indicar que las prohibiciones de registro de signos genéricos o carentes de distintividad, se aplican únicamente a las marcas, no así a los nombres comerciales, toda vez que éstos tienen sus propias prohibiciones de registro contempladas en el artículo 194 de la Decisión 486 antes citado, por lo que lo alegado por la opositora resulta improcedente.
Se dispuso declarar IMPROCEDENTE la oposición solicitada. Posteriormente, se solicitó recurso de Apelación.
Description
Keywords
Jurisprudencia, Propiedad Intelectual, Decisión 486, Signos Distintivos, Nombre Comercial