Resolución Nº 0396-2015/CEB-INDECOPI
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Date
2015-09-22
Authors
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Publisher
Indecopi
Abstract
Se declara que constituye barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar un contrato de alquiler vigente o una autorización expresa del propietario del inmueble y empresa cedente, donde manifieste su aprobación para el desarrollo de sus actividades, para la obtención de su Licencia de Funcionamiento para el desarrollo de la actividad de restaurante japonés y venta de licor como complemento de comida, materializada en el Oficio N° 1887-2014-12.2.0-SAM-GACU/MSI y en la Resolución de Subgerencia N° 1674-2014-12.2.0-SAM-GACU/MSI; y, en consecuencia, fundada la denuncia interpuesta por la señora Berit Francoise Barra Campos Nakagawa contra la Municipalidad Distrital de San Isidro, en este extremo. Asimismo, se declara que no constituye barrera burocrática ilegal el desconocimiento del silencio administrativo positivo respecto de su solicitud de obtención de Licencia de Funcionamiento para el desarrollo de la actividad de restaurante japonés y venta de licor como complemento de comida, materializada en la Resolución de Subgerencia N° 1674-2014-12.2.0-SAM-GACU/MSI. De igual forma, la denunciante no ha aportado indicios de razonabilidad respecto del extremo señalado, por lo que se declara infundada la denuncia en dicho extremo
Description
Keywords
Barreras burocráticas, Municipalidades, Municipalidad Distrital de San Isidro, Jurisprudencia