Show simple item record

El Poder Judicial ratifica que los proveedores que superan las 3000 UIT al año tienen la obligación de enviar al Indecopi los reclamos de los consumidores a través del SIREC

dc.contributor.authorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
dc.date.accessioned2020-04-07T20:00:21Z
dc.date.available2020-04-07T20:00:21Z
dc.date.issued2020-03-05
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11724/7376
dc.description.abstractLa Corte Suprema de Justicia ratificó la decisión del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sobre la obligación de los proveedores de productos o servicios con ingresos anuales de más de 3000 unidades impositivas tributarias (UIT) de reportar en el Sistema de Reportes de Reclamaciones (SIREC), los reclamos presentados por los consumidores en el Libro de Reclamaciones.en_US
dc.formatapplication/pdfspa
dc.language.isospaen_US
dc.publisherIndecopien_US
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessen_US
dc.sourceInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPIen_US
dc.sourceRepositorio INDECOPIen_US
dc.subjectSentenciaen_US
dc.subjectPoder Judicialen_US
dc.subjectReclamosen_US
dc.subjectProveedoresen_US
dc.subjectSistema de Reportes de Reclamacionesen_US
dc.titleEl Poder Judicial ratifica que los proveedores que superan las 3000 UIT al año tienen la obligación de enviar al Indecopi los reclamos de los consumidores a través del SIRECen_US
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/otheren_US
dc.type.otherNota de prensaen_US


Files in this item

Thumbnail
Thumbnail

This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record