El Indecopi sancionó, en primera instancia, al Banco Falabella por realizar llamadas y enviar mensajes promocionales a los consumidores sin su consentimiento previo
Author
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
Publisher
IndecopiDate
2020-01-21Subject
Sanción ; Banco Falabella ; Promociones ; ConsumidorCollections
- Notas de Prensa [3337]
Abstract
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a través de la Comisión de Protección al Consumidor N°3 (CC3) sancionó, en primera instancia a Banco Falabella Perú S.A. (Banco Falabella) por promocionar sus productos o servicios a través de llamadas telefónicas y mensajes de textos sin el consentimiento previo de los consumidores.
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