La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi sancionó a los bancos Ripley y Falabella por cobro indebido de penalidades por pago tardío en tarjetas de crédito
Author
Gerencia de Promoción y Difusión, INDECOPI
Publisher
IndecopiDate
2017-09-13Subject
Comisión de Protección al Consumidor N° 3 ; Sanción ; Primera instancia ; Banco Ripley Perú ; Banco Falabella del Perú ; Tarjeta de créditoCollections
- Notas de Prensa [3337]
Abstract
La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Indecopi resolvió sancionar, en primera instancia, al Banco Ripley Perú S.A. (Banco Ripley) y al Banco Falabella del Perú S.A. (Banco Falabella), por el cobro indebido de penalidades por pago atrasado, afectando a sus clientes de tarjeta de crédito, durante el mes de noviembre de 2014. Por ese motivo, impuso una multa de 27.6 UIT, equivalente a S/ 111 780 al Banco Ripley; y otra de 5.4 UIT, equivalente a S/ 21 870 al Banco Falabella.
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