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Resolución Nº 0183-2015/CEB-INDECOPI

dc.contributor.authorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
dc.creatorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
dc.date.accessioned2016-01-23T18:13:00Z
dc.date.available2016-01-23T18:13:00Z
dc.date.issued2015-01-15
dc.identifier.govdoc19-2015/CEB
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11724/4603
dc.description.abstractSe declara que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas impuestas por el Ministerio de Interior y la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) a Ramón Mondragón Pérez y otros. (i) La calificación con silencio administrativo negativo para los procedimientos correspondientes a la obtención y renovación de licencia de posesión y uso de arma de fuego, contenidos en los procedimientos Nº 21 y Nº 25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-IN. (ii) El cobro de la tasa por derecho de trámite de los procedimientos para la obtención y renovación de licencia de posesión y uso de arma de fuego, contenidos en los procedimientos Nº 21 y Nº 25 del TUPA del Ministerio. (iii) La exigencia de presentar la justificación de la causa por la que se solicita la renovación de licencia de posesión y uso de arma de fuego, establecida en el artículo 108° del Reglamento de la Ley Nº 25054, aprobado por Decreto Supremo N° 007-98-IN, concordado con el artículo 98° del mismo reglamento, y materializada en las Resoluciones de Gerencia N° 3368-2014-SUCAMEC-GAMAC, N° 3375-2014-SUCAMEC-GAMAC y 00121-2015-SUCAMEC-GAMAC. (iv)La exigencia de presentar los mismos requisitos que para la licencia inicial de posesión y uso de arma, para el procedimiento de renovación de la misma, contenida en el artículo 108° del Reglamento de la Ley Nº 25054, aprobado por Decreto Supremo N° 007-98-IN.es_PE
dc.formatapplication/pdfspa
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherIndecopies_PE
dc.relation.isreferencedbyMinisterio del Interior | Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civiles_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.sourceInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPIes_PE
dc.sourceRepositorio INDECOPIes_PE
dc.subjectBarreras burocráticases_PE
dc.subjectMinisterioses_PE
dc.subjectMinisterio del Interiores_PE
dc.subjectSuperintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civiles_PE
dc.subjectJurisprudenciaes_PE
dc.titleResolución Nº 0183-2015/CEB-INDECOPIes_PE
dc.typeinfo:pe-repo/semantics/Textes_PE
dc.relation.referencesRamón Mondragón Pérez | y otroses_PE
dc.type.otherAlertaes_PE


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