Indecopi: Usuarios tendrán la opción de ser asistidos por personas cuando empresas brinden atención mediante bots
Publisher
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad IntelectualPEDate
2022-11-09Subject
Modificación ; Código de Protección y Defensa del Consumidor ; 5.08.00 -- Comunicación, Medios de comunicaciónCollections
- Notas de Prensa [3337]
Abstract
Tras la promulgación de la Ley N°31601, que modificó el artículo 1 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, los proveedores deben ofrecer a los consumidores la opción de ser atendidos por una persona cuando brinden asistencia virtual. Es decir, si ofrecen atención mediante los llamados chatbot o callbot también debe ofrecer la opción de que sea una persona la que atienda al consumidor.
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