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La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi resalta la necesidad del deber de colaboración de los administrados durante las visitas inspectivas

dc.contributor.authorGerencia de Promoción y Difusión, INDECOPI
dc.creatorGerencia de Promoción y Difusión, INDECOPI
dc.date.accessioned2017-12-20T22:05:11Z
dc.date.available2017-12-20T22:05:11Z
dc.date.issued2017-11-30
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11724/6017
dc.description.abstractLa Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi, a partir de un reciente pronunciamiento, señaló que la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC), en el marco de una visita inspectiva, se encuentra facultada para solicitar todo tipo de documentos, incluyendo correspondencia (correos electrónicos) interna o externa, conforme a lo previsto en el artículo 15.3 del Decreto Legislativo 1034, Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.es_PE
dc.formatapplication/pdfspa
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherIndecopies_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.sourceInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPIes_PE
dc.sourceRepositorio INDECOPIes_PE
dc.subjectSala Especializada en Defensa de la Competenciaes_PE
dc.subjectSecretaría Técnicaes_PE
dc.subjectComisión de Defensa de la Libre Competenciaes_PE
dc.subjectInspecciónes_PE
dc.subjectLey de Represión de Conductas Anticompetitivases_PE
dc.titleLa Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi resalta la necesidad del deber de colaboración de los administrados durante las visitas inspectivases_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/otheres_PE
dc.type.otherNota de prensaes_PE


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