Resolución Nº 0405-2015/CEB-INDECOPI
Author
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
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158-2015/CEBPublisher
IndecopiDate
2015-09-22xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-references
Darlin Segundo Galvez Ricaldexmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-referencedby
Ministerio de Transportes y ComunicacionesSubject
Barreras burocráticas ; Ministerios ; Ministerio de Transportes y Comunicaciones ; JurisprudenciaCollections
- Resoluciones [202]
Abstract
Se declara que constituye barrera burocrática ilegal la imposición de un límite máximo de tres (3) años de antigüedad de la unidad motriz para prestar el servicio de transporte público de mercancías, materializado en el numeral 25.2.1) del artículo 25º del Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC. La ilegalidad radica en que la referida limitación vulnera el artículo 5° de la Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, dado que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no acreditó haber elaborado una justificación previa que fundamente su imposición, pese a que se trata de la determinación de una nueva exigencia.
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