Resolución Nº 0246-2015/CEB-INDECOPI
Author(s)
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-govdoc
32-2015/CEBPublisher
IndecopiDate
2015-06-26xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-references
Empresa de Transportes Cumbe S.A.C.xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-referencedby
Presidencia del Consejo de Ministros | Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres | Municipalidad Metropolitana de LimaSubject
Barreras burocráticas ; Presidencia del Consejo de Ministros ; Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ; JurisprudenciaCollections
- Resoluciones [202]
Abstract
Se declara barrera burocrática ilegal la imposición de un plazo de vigencia de dos (2) años para los certificados de inspección técnica de seguridad en defensa civil, dispuesta en la Segunda Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 058-2014-PCM y materializada en los Certificados de ITSE N° 002670-MML-2013 y N° 003925-MML-2013. Dicha imposición contraviene el artículo 2º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual permite que las autoridades sujeten a un término los actos administrativos, únicamente, cuando cuenten con una ley que las autorice a hacerlo, supuesto que no se ha acreditado en el presente caso. Se precisa que lo resuelto no desconoce en modo alguno las funciones de supervisión y fiscalización asignadas legalmente a las entidades competentes para realizar las inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones (Órganos Ejecutantes) respecto de los establecimientos que cuentan con un certificado de inspección técnica de seguridad en defensa civil vigente, a fin que se verifique que las condiciones de seguridad por las cuales se otorgaron los referidos certificados no hayan variado.
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