Resolución Nº 0150-2015/CEB-INDECOPI
Author(s)
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
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1-2015/CEBPublisher
IndecopiDate
2015-04-24xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-references
Empresa de Transportes y Comercialización Yola S.R.L.xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-referencedby
Ministerio de Transportes y ComunicacionesSubject
Barreras burocráticas ; Ministerios ; Ministerio de Transportes y Comunicaciones ; JurisprudenciaCollections
Abstract
Se declara barrera burocrática carente de razonabilidad la exigencia de acreditar ser titulares o tener suscritos contratos vigentes para usar y usufructuar terminales terrestres o estaciones de ruta habilitados en la ciudad de Huamachuco (La Libertad), al amparo del numeral 33.4) del artículo 33º del Reglamento Nacional de Administración de Transporte. Se dispone que no se aplique a la denunciante la barrera burocrática declarada carente de razonabilidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 48º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. El incumplimiento de lo resuelto podrá ser sancionado de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 26BISº del Decreto Ley Nº 25868
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