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Resolución Nº 0091-2015/CEB-INDECOPI

dc.contributor.authorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
dc.contributor.authorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
dc.creatorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
dc.creatorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
dc.date.accessioned2016-01-19T02:12:15Z
dc.date.available2016-01-19T02:12:15Z
dc.date.issued2015-02-26
dc.identifier.govdoc438-2014/CEB
dc.identifier.govdoc445-2014/CEB
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11724/4558
dc.description.abstractSe declara barrera burocrática carente de razonabilidad la exigencia de acreditar ser titular o tener suscritos contratos vigentes para usar y usufructuar terminales terrestres o estaciones de ruta habilitados en el origen y el destino de cada una de sus rutas, así como estaciones de rutas en las escalas comerciales dispuesta en el numeral 4) del artículo 33º del Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transporte. Se dispone la inaplicación a la denunciante de la barrera burocrática declarada carente de razonabilidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 48º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. El incumplimiento de dicho mandato podrá ser sancionado con una multa de hasta veinte (20) UIT de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 26ºBIS del Decreto Ley Nº 25868.es_PE
dc.formatapplication/pdfspa
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherIndecopies_PE
dc.relation.isreferencedbyMinisterio de Transportes y Comunicacioneses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.sourceInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPIes_PE
dc.sourceRepositorio INDECOPIes_PE
dc.subjectBarreras burocráticases_PE
dc.subjectMinisterioses_PE
dc.subjectMinisterio de Transportes y Comunicacioneses_PE
dc.subjectJurisprudenciaes_PE
dc.titleResolución Nº 0091-2015/CEB-INDECOPIes_PE
dc.typeinfo:pe-repo/semantics/Textes_PE
dc.relation.referencesEmpresa de Transportes El Dorado S.A.C.es_PE
dc.type.otherAlertaes_PE


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