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Resolución Nº 0053-2015/CEB-INDECOPI

dc.contributor.authorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
dc.creatorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
dc.date.accessioned2016-01-17T19:47:49Z
dc.date.available2016-01-17T19:47:49Z
dc.date.issued2015-02-06
dc.identifier.govdoc310-2014/CEB
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11724/4489
dc.descriptionProcedimiento de oficio seguido contra la Municipalidad Distrital de San Bartoloes_PE
dc.description.abstractSe declara barrera burocrática ilegal la imposición de un plazo de vigencia determinada para las autorizaciones de anuncios publicitarios obtenidas en el procedimiento denominado “Autorización de anuncios publicitarios (hasta doce meses)” establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 021-2003/MDSB. La declaración de barrera burocrática ilegal se da en virtud a que contravienen las siguientes normas: (i) El artículo 2º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debido a que dentro del ordenamiento jurídico no existe una ley que faculte a la Municipalidad Distrital de San Bartolo a imponer un plazo de vigencia determinado para las autorizaciones de instalación de anuncios publicitarios. (ii) El artículo 79° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, debido a que la Municipalidad Distrital de San Bartolo excede las competencias para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias de ubicación de avisos o anuncios publicitarios. (iii) El artículo 154° de la Ley N° 27972 y la Ordenanza N° 1094, debido a que la Municipalidad Distrital San Bartolo no actuó en sujeción a las limitaciones y disposiciones establecidas en dicha ordenanza metropolitana en lo referente a la temporalidad de las autorizaciones de anuncios publicitarios. (iv) Los principios de legalidad y razonabilidad reconocidos en los numerales 1.1) y 1.4) del artículo IVº del Título Preliminar de la Ley N° 27444, debido a que no resulta ajustado imponer un plazo de vigencia para las autorizaciones para la colocación de anuncios publicitarios en tanto no hayan variado las características físicas o estructurales del anuncio autorizado.es_PE
dc.formatapplication/pdfspa
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherIndecopies_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.sourceInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPIes_PE
dc.sourceRepositorio INDECOPIes_PE
dc.subjectBarreras burocráticases_PE
dc.subjectMunicipalidadeses_PE
dc.subjectMunicipalidad Distrital de San Bartoloes_PE
dc.subjectJurisprudenciaes_PE
dc.titleResolución Nº 0053-2015/CEB-INDECOPIes_PE
dc.typeinfo:pe-repo/semantics/Textes_PE
dc.type.otherAlertaes_PE


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